II – El
caso del P. Feeney
El Protocolo 122/49 (Suprema
haec sacra)
El 8 de agosto de 1949, cuatro meses después del silenciamiento del P.
Feeney (en abril por Richard Cushing, el arzobispo apóstata de Boston), el
Santo Oficio publicó un documento. En realidad, el documento fue una carta
dirigida al obispo Cushing, y firmado por el cardenal Marchetti-Selvaggiani,
conocido como el Protocolo No. 122/49. También se le llama Suprema haec
sacra y la carta Marchetti-Selvaggiani. Este es uno de los documentos más
importantes en lo que respecta a la apostasía moderna de la fe. El Protocolo
122/49 no fue publicado en las Actas de la Sede Apostólica (Acta
Apostolicae Sedis) sino en el
The Pilot, el órgano de prensa de la archidiócesis de Boston.
Téngase presente que esta carta se publicó en Boston, porque la importancia de
esto se pondrá más clara en la sección: “El veredicto está en: Boston lidera el
camino en un escándalo masivo de sacerdotes que sacude a la nación”.
La ausencia del Protocolo 122/49 de las Actas de la Sede Apostólica
demuestra que no tiene carácter vinculante; es decir, el Protocolo 122/49 no es
una enseñanza infalible o vinculante de la Iglesia Católica. El Protocolo
122/49 tampoco fue firmado por el Papa Pío XII, y tiene la autoridad de una
correspondencia de dos cardenales (Marchetti-Selvagianni quien escribió la
carta, y el cardenal Ottaviani que también la firmó) a un arzobispo ―lo que es nada―.
La carta, de hecho, y por decirlo simplemente, está cargada de herejía, engaño,
ambigüedad y traición. Inmediatamente después de la publicación del Protocolo
122/49, el Worcester Telegram imprimió un titular:
EL VATICANO SE PRONUNCIA EN CONTRA DE LOS DISIDENTES – [El Vaticano] Sostiene que la
doctrina de que no hay salvación fuera de la Iglesia es falsa
Esta fue la impresión dada a casi todo el
mundo católico por el Protocolo 122/49 ―la
carta Marchetti-Selvaggiani―. El Protocolo 122/49, como dice sin rodeos el
titular anterior, sostenía como falsa “la doctrina de que no hay salvación
fuera de la Iglesia”. Mediante esta fatídica carta, los enemigos del dogma y de
la Iglesia parecían haber sido vindicados y los defensores del dogma parecían
haber sido vencidos. Sin embargo, el problema para los aparentes vencedores es
que este documento no era más que una carta de dos cardenales heréticos del
Santo Oficio ―quienes ya habían abrazado la herejía que más tarde fue adoptada
por el Vaticano II― a un arzobispo apóstata de Boston. Algunos pueden estar
sorprendidos que describa como herético al cardenal Ottaviani, ya que por
muchos es considerado como ortodoxo. Si su firma en el Protocolo no es prueba
suficiente de su herejía, considérese que firmó todos los documentos del
Vaticano II y se alineo con la revolución post-Vaticano II.
Es interesante que incluso Mons. Joseph Clifford Fenton, conocido editor de
The American Ecclesiastical Review
[Revista Eclesiástica Americana] antes del Vaticano II, quien fue
desafortunadamente un defensor del Protocolo 122/49, se vio obligado a admitir
que no es infalible:
Mons. Joseph
Clifford Fenton, La Iglesia Católica y la
Salvación, 1958, p. 103: “Esta carta, conocida como Suprema haec sacra [Protocolo 122/49]… es un documento con
autoridad [sic], aunque obviamente no infalible. Es decir, la enseñanza
contenida en la Suprema haec sacra no
debe aceptarse como verdad infalible en la autoridad de este documento en
particular”.
En otras palabras, según Fenton, la enseñanza de la Suprema haec sacra no es infalible y debe encontrarse en documentos
previos; pero ello no es así, como veremos. Fenton simplemente está equivocado
cuando dice que la Suprema haec sacra
es, sin embargo, autoritaria. El hecho es que la Suprema haec sacra no es ni autoritaria ni infalible, sino herética
y falsa.
Debido a que todo el público tuvo (y continua teniendo) la impresión de que
el Protocolo 122/49 representó la enseñanza oficial de la Iglesia Católica,
ello constituye una traición a Jesucristo, a su doctrina y a su Iglesia ante
todo el mundo, una traición que tenía que ocurrir antes de la apostasía masiva
del Vaticano II. Con el Protocolo 122/49 y la persecución al P. Feeney, el público tuvo
la impresión que la Iglesia Católica ahora había revocado el antiguo dogma de
fe de veinte siglos: que la fe católica es absolutamente necesaria para la
salvación. E incluso hoy en día,
si se le pregunta a casi todo sacerdote supuestamente católico en el mundo sobre
el dogma fuera de la iglesia no hay
salvación, él responderá haciendo referencia a la controversia del Padre
Feeney y el Protocolo 122/49, aunque el sacerdote no sea capaz de identificar o
recordar los nombres y fechas específicas. Pruébelo, lo sé por experiencia. Básicamente todos los sacerdotes del Novus
Ordo que saben algo sobre el tema utilizaran el Protocolo 122/49 y la
“condenación” del P. Feeney para justificar su creencia herética, anticatólica,
anticristiana y antimagisterial de que los hombres pueden salvarse en
religiones no católicas y sin la fe católica. Estos son los frutos del infame
Protocolo 122/49. Y por sus frutos los
conoceréis (Mat. 7, 16).
Ahora, examinemos algunos extractos del Protocolo:
Suprema haec sacra, Protocolo 122/49, 8 de agosto de 1949: “Ahora bien,
entre todas las cosas que la Iglesia siempre ha predicado y nunca dejará de
predicar figura también en la declaración infalible por la cual se nos
enseña que no existe salvación fuera de la Iglesia Católica.
“Sin embargo, este dogma debe ser
entendido en el sentido en que la Iglesia misma lo entiende”.
Detengámonos aquí. Ya es claro que el autor del Protocolo está preparando
la mente del lector a aceptar algo diferente que la simple “declaración
infalible por la cual se nos enseña que no existe la salvación fuera de la
Iglesia Católica”. El autor está claramente relajando una explicación de la
frase “fuera de la Iglesia no hay salvación” que no sea lo que dicen y declaran
las propias palabras. Si el autor no preparase al lector en aceptar un
entendimiento que no sea lo que las palabras del dogma dicen y declaran,
entonces tendría que haber escrito: “Este dogma debe entenderse como la Iglesia
lo ha definido, tal y como las palabras afirman y declaran”.
Compárese el intento del Protocolo por explicar el dogma de manera
diferente a como lo trata el Papa Gregorio XVI sobre el mismo asunto en su
encíclica Summo iugiter studio.
Papa Gregorio
XVI, Summo iugiter studio, 27 de mayo
de 1832, sobre no hay salvación fuera de la Iglesia: “Finalmente, algunas de estas personas
descarriadas intentan persuadirse a sí mismos y a otros que los hombres no se
salvan sólo en la religión católica, sino que incluso los herejes pueden
obtener la vida eterna… Vosotros
sabéis cuan celosamente nuestros predecesores enseñaron el artículo de fe
que éstos se atreven negar, a saber, la necesidad de la fe católica y de la
unidad para la salvación… Omitiendo otros pasajes adecuados, que son casi
innumerables en los escritos de los Padres, elogiamos a San Gregorio Magno
quien expresadamente declara que ÉSTA ES DE HECHO LA ENSEÑANZA DE LA IGLESIA
CATÓLICA. Él dice: ‘La santa Iglesia
universal enseña que no es posible adorar verdaderamente a Dios excepto en
ella, y asevera que todos los que están fuera de ella no serán salvos’.
Los actos oficiales de la Iglesia proclaman el
mismo dogma. Así, en el decreto sobre la fe que Inocencio III publicó en
el IV sínodo de Letrán, está escrito: ‘Y una sola es la Iglesia universal de
todos los fieles, fuera de la cual absolutamente nadie se salva’. Finalmente el
mismo dogma es también mencionado expresamente en la profesión de fe propuesta
por la Sede Apostólica, no sólo al uso de todas las iglesias latinas, sino
también… al uso de otros católicos orientales. No mencionamos estos
testimonios seleccionados porque creyésemos que
vosotros erais ignorantes de ese artículo de la fe y en la necesidad de nuestra
instrucción. Lejos Nos sospecha tan absurda e insultante sobre
vosotros. Pero estamos tan preocupados sobre este importante y conocido
dogma, que ha sido atacado con audacia tan notable, que Nos no podíamos
contener nuestra pluma en reforzar esta verdad con muchos testimonios”.
El Papa Gregorio XVI no dice, “Sin
embargo, este dogma debe ser entendido en el sentido que la Iglesia misma
lo entiende”, como lo hace el herético Protocolo 122/49. No, él afirma
inequívocamente que ÉSTA ES DE HECHO LA ENSEÑANZA DE LA IGLESIA CATÓLICA.
En toda la encíclica, Gregorio XVI no deja de afirmar repetidamente el
significado verdadero y literal de la frase fuera
la Iglesia no hay salvación, sin reservas ni excepciones, tal como había
sido definido. El Padre Feeney y sus aliados en defensa del dogma estaban
reiterando exactamente lo que Gregorio XVI enseñó oficialmente. No hace
falta ser un genio para darse cuenta que si el Protocolo 122/49 fue escrito
para “corregir” el entendimiento del Padre Feeney sobre el dogma fuera la Iglesia no hay salvación (como
fue), entonces el Protocolo 122/49 también estaba “corrigiendo” la comprensión
del Papa Gregorio XVI y todas las declaraciones infalibles sobre el tema
durante 20 siglos.
Además, nótese que el Papa Gregorio XVI hace referencia a la definición dogmática del Cuarto Concilio de Letrán para justificar su
posición y comprensión literal de la fórmula fuera la Iglesia no hay salvación. Por todo el documento, el Protocolo 122/49 no hace referencia a ninguna de
las definiciones dogmáticas sobre este asunto. Esto es porque el
Papa Gregorio XVI, siendo un católico, sabía que la única interpretación que
existe de un dogma es como una vez lo declaró la Santa Madre Iglesia; mientras
que los autores del Protocolo, siendo herejes, no creen que un dogma debe ser
entendido exactamente como una vez se declaró. Eso explica el por qué el Papa
Gregorio citó exactamente lo que una vez lo declaró la Santa Madre Iglesia y el
por qué los autores del Protocolo no lo hicieron.
Papa Pío IX, Concilio
Vaticano I, sesión 3, cap. 2 sobre la revelación, 1879, ex cathedra: “De ahí que también hay que mantener perpetuamente aquel sentido de los
sagrado dogmas que una vez declaró la santa madre Iglesia y jamás hay
que apartarse de ese sentido so pretexto y nombre de una comprensión más
profunda”.
Si la comprensión del dogma fuera la Iglesia no hay salvación no se desprende de la enseñanza
de la Cátedra de Pedro (las definiciones infalibles sobre el tema), ¡entonces
una carta de 1949 del cardenal Marchetti-Selvaggiani ciertamente no nos la va a
dar! Y si no hay excepciones o salvedades de este dogma que se hayan entendido
en el momento de las definiciones – ni en los tiempos del Papa Gregorio XVI –
entonces es imposible que las excepciones vinieren a ser entendidas después de
ése punto (por ejemplo, en 1949), porque el dogma ya había sido definido y
enseñado mucho antes. El descubrimiento de una nueva comprensión del
dogma en 1949 es una negación de la comprensión del dogma como había
sido definido. Pero el definir un nuevo dogma es realmente lo que el Protocolo
intentó hacer. Sigo con el Protocolo.
Suprema haec sacra, Protocolo 122/49, 8 de agosto
de 1949: “Ahora bien, entre los mandamientos de Cristo, no ocupa un lugar menos
importante aquel que nos manda que seamos incorporados por el bautismo en el
cuerpo místico de Cristo, que es la Iglesia, y permanecer unidos a Cristo y a
su Vicario… Por lo tanto, nadie se salvará que, sabiendo
que la Iglesia ha sido divinamente establecida por Cristo, sin embargo, se
niega a someterse a la Iglesia o retiene la obediencia al Romano Pontífice, el
Vicario de Cristo en la tierra”.
Aquí el Protocolo comienza a entrar en su nueva explicación del
dogma fuera la Iglesia Católica no hay
salvación, pero en una manera diabólicamente ingeniosa. La ambigüedad
radica en el hecho de que esta declaración es verdadera: nadie que, a
sabiendas que la Iglesia ha sido divinamente establecida, sin embargo, se
niega someterse a Ella y al Romano Pontífice se salvará. Pero a todo el que
lea este documento también se le da la clara impresión, por este lenguaje, que
algunas personas que, sin saberlo, no se someten a la Iglesia y al
Romano Pontífice, pueden salvarse. ¡Esto es una herejía y en realidad hace que
sea contraproducente convencer a alguien que la Iglesia Católica fue
establecida por Dios!
Compárese la definición dogmática de la Iglesia Católica con la adición al
dogma del Protocolo 122/49.
El dogma:
Papa Bonifacio
VIII, Unam sanctam, 18 de noviembre de 1302, ex cathedra:
“Ahora bien, someterse
al Romano Pontífice, lo declaramos, lo decimos, definimos y pronunciamos
como de toda necesidad de salvación para toda criatura humana”.
La adición del Protocolo 122/49.
Suprema haec sacra, Protocolo 122/49, 8 de agosto de 1949: “Por lo tanto, nadie se salvará que, sabiendo
que la Iglesia ha sido divinamente establecida por Cristo, sin
embargo, se niega a someterse a la Iglesia o retiene la obediencia al Romano
Pontífice, el Vicario de Cristo en la tierra”.
El lector puede ver fácilmente que el significado propuesto por el
Protocolo 122/49 se aparta de la comprensión del
dogma que una vez declaró la Santa Madre Iglesia. Nadie puede negar esto. El dogma de la necesidad
de la sumisión al Romano Pontífice para la salvación ha pasado de aplicarse a toda
criatura humana (Bonifacio VIII) a los que “sabiendo que la Iglesia ha
sido divinamente establecida” (Protocolo 122/49), haciendo nuevamente que
sea absurdo convencer a las personas que la Iglesia fue establecida por Dios.
Sigo con el Protocolo:
Suprema haec sacra, Protocolo 122/49, 8 de agosto de 1949: “En su infinita
misericordia Dios ha dispuesto que los efectos, necesarios para la salvación,
de aquellas ayudas a la salvación que se dirigen al fin último del hombre, no
por necesidad intrínseca, sino sólo por institución divina, también se pueden
obtener en determinadas circunstancias cuando esas ayudas sólo se usan en deseo
y anhelo…
“Lo mismo en su
propio grado debe afirmarse de la Iglesia, en la medida en que ella es la ayuda
general para la salvación. Por lo tanto, para
que alguien pueda obtener la salvación eterna, no siempre es necesario que
sea incorporado a la Iglesia en realidad como miembro, sino que es
necesario que por lo menos esté unido a ella por deseo y anhelo”.
Aquí se detecta otra negación del dogma tal como fue definido, y un desvío
de la comprensión del dogma que una vez declaró la Santa Madre Iglesia.
Compárese la siguiente definición dogmática del Papa Eugenio IV con estos
párrafos del Protocolo 122/49, especialmente las partes subrayadas.
El dogma:
Papa Eugenio IV, Concilio
de Florencia, Cantate Domino, 1441, ex
cathedra: “[La Santa Iglesia Romana] Firmemente cree, profesa y predica
que nadie que no esté dentro de la Iglesia Católica, no sólo los paganos, sino
también judíos o herejes y cismáticos, puede hacerse partícipe de la vida
eterna, sino que ‘irán al fuego eterno que está aparejado para el diablo y sus
ángeles’ (Mat. 25, 41), a no ser que antes de su muerte se uniere con ella; y que es de
tanto precio la unidad en el cuerpo de la
Iglesia (ecclesiastici corporis) que sólo a
quienes en él permanecen les aprovechan para su salvación los sacramentos
y producen premios eternos los ayunos, limosnas y demás oficios de
piedad y ejercicios de la milicia cristiana. Y que nadie, por más limosnas que
hiciere, aun cuando derramare su sangre por el nombre de Cristo, puede
salvarse, si no permaneciere en el seno y unidad de la Iglesia Católica”.
¡Vemos que el Protocolo 122/49 (citado arriba) está negando la necesidad de
la incorporación al ecclesiastici corporis, lo cual
es herejía!
Era
necesario estar en el “seno y unidad” de la Iglesia (Eugenio IV), pero ahora
“no siempre es necesario que sea incorporado a la Iglesia en realidad
como un miembro” (Protocolo 122/49). Se ha negado el dogma definido de la
INCORPORACIÓN y real permanencia en el cuerpo eclesiástico (ecclesiastici
corporis). ¡Esto es una herejía!
No hay manera en la tierra que la enseñanza del Protocolo 122/49 sea
compatible con la enseñanza del Papa Eugenio IV y del Papa Bonifacio VIII.
Aceptar, creer o promover el Protocolo es actuar en contra de estas
definiciones.
Sigo con el Protocolo:
Suprema haec sacra, Protocolo 122/49, 8 de agosto de 1949: “Sin embargo,
este deseo no siempre tiene que ser explícito, como lo es en los catecúmenos; pero
cuando una persona se encuentra en la ignorancia invencible, Dios acepta
también un deseo implícito, llamado así porque está incluido en esa
buena disposición del alma por la que una persona desee que su voluntad se
conforme a la voluntad de Dios”.
Aquí la herejía se presenta sin rodeos. Las personas que no tienen la fe
católica ―que están “en la ignorancia invencible”― también pueden estar unidas
por el deseo “implícito”, con tal que “una persona desee que su voluntad se
conforme a la voluntad de Dios”. Y le recuerdo
al lector que el Protocolo 122/49 fue escrito en contraposición específica a la
declaración del P. Feeney de que se pierden todos los que mueren no católicos. Es decir, el Protocolo fue escrito para
distinguir específicamente su propia enseñanza de la afirmación del P. Feeney
de que se pierden todos los que mueren no católicos, lo que demuestra que el
Protocolo estaba enseñando que se pueden salvar las personas que mueren como no
católicos y en las falsas religiones. Por lo tanto, la declaración anterior del
Protocolo es bastante obvia, y no es más que la herejía de que puede haber
salvación en cualquier religión o en ninguna religión, siempre y cuando se
mantenga la moralidad.
P. Miguel Muller,
C.SS.R., El Dogma Católico, pp. 217-218, 1888: “La ignorancia inculpable o invencible nunca
ha sido y nunca será un medio de salvación. Para salvarse, es
necesario estar justificado, o estar en estado de gracia. Para obtener la
gracia santificante, es necesario contar con las debidas disposiciones para la
justificación, es decir, la verdadera fe divina ―al menos en las verdades necesarias para la
salvación―, la esperanza confiada en el divino Salvador, el sincero
dolor por el pecado, junto con el firme propósito de hacer todo lo que Dios ha
mandado, etc. Ahora
bien, estos actos sobrenaturales de la fe, esperanza y caridad, contrición,
etc., que preparan el alma para recibir la gracia santificante, nunca pueden
ser suministrados por la ignorancia invencible, y si la ignorancia invencible
no puede suministrar la preparación para recibir la gracia santificante, muchos
menos le puede conceder la gracia santificante en sí misma. ‘La ignorancia
invencible’, dice Santo Tomás, ‘es un castigo por el pecado’ (De, Infid. C. x, art. 1)”.
Compárese el extracto anterior del Protocolo con las siguientes
definiciones dogmáticas.
El dogma:
Papa Eugenio IV, Concilio de Florencia, sesión 8, 22
de noviembre de 1439, “Credo Atanasiano”, ex
cathedra: “El que quiera salvarse debe, ante todo, mantener la fe católica;
por lo cual es indudable que perecerán
eternamente los que no tengan fe católica y no la guardan íntegra y sin mancha”.
Papa Pío IV, Concilio
de Trento, Iniunctum nobis, 13 de
noviembre de 1565, ex cathedra: “Esta verdadera fe católica, fuera de la cual nadie puede
salvarse, y que al presente espontáneamente profeso y verazmente
mantengo…”.
Papa Benedicto
XIV, Nuper ad nos, 16 de marzo de 1743, Profesión de fe: “Esta fe de la Iglesia Católica, sin la cual nadie
puede ser salvo, y que de motu propio ahora profeso y sinceramente
mantengo...”.
Papa
Pío IX, Concilio Vaticano I, sesión 2, Profesión de fe, 1870, ex
cathedra: “Esta verdadera fe católica, fuera de la que nadie
puede ser salvo, que ahora
voluntariamente profeso y verdaderamente mantengo…”.
Sigo con el Protocolo:
Suprema haec sacra, “Protocolo 122/49”, 8 de agosto de 1949: “Al final de
la misma carta encíclica, invitando muy cariñosamente a la unidad a los que no
pertenecen al cuerpo de la Iglesia Católica (qui ad Ecclesiae Catholicae compagnem non pertinent),
él menciona a los que están ‘ordenados al Cuerpo Místico del Redentor por una
especie de deseo e intención inconsciente’, y a estos de ninguna manera excluye de la
salvación eterna, sino, por
el contrario, afirma que están en una condición en que ‘no pueden estar seguros
sobre su propia salvación eterna’, porque ‘ellos todavía permanecen privados de
tantos y tan grandes socorros celestiales, los cuales se pueden gozar solamente
en la Iglesia Católica’”.
Al dar su falso análisis de la encíclica Mystici Corporis del Papa Pío XII, Suprema haec sacra enseña que las personas que “no pertenecen”
al cuerpo de la Iglesia pueden salvarse. Lo interesante de este pasaje
herético en el Protocolo 122/49 es que incluso Mons. Fenton (uno de sus mayores
defensores) admite que no se puede decir que el alma de la Iglesia es más
extensa que el cuerpo.
Mons. Joseph
Clifford Fenton, La Iglesia Católica y la
Salvación, 1958, p. 127: “Sin duda alguna, la más importante y frecuente de todas
las insuficientes explicaciones empleadas sobre la necesidad de la Iglesia para
la salvación es la que se enfoca en una distinción entre el ‘cuerpo’ y la
‘alma’ de la Iglesia Católica. El individuo que trató de explicar el dogma en
esta manera, por lo general, designa a la misma Iglesia visible como el
‘cuerpo’ de la Iglesia y aplicó el término ‘alma de la Iglesia’ o bien la
gracia y las virtudes sobrenaturales o a cualquier descabellada ‘Iglesia
invisible’. … fueron algunos libros y artículos que afirmaban que, si bien el ‘alma’ de la
Iglesia de alguna manera no se separa del ‘cuerpo’, ella era en realidad más
extensa que este ‘cuerpo’. Las explicaciones de la necesidad de la
Iglesia redactadas en los términos de esta distinción son, de tal manera
inadecuadas y confusas, y muy frecuentemente infectadas con error grave”.
Por lo tanto, decir que no es necesario pertenecer al cuerpo, como
lo dice la Suprema haec sacra (el
Protocolo), es decir que no es necesario pertenecer a la Iglesia. Por su
declaración anterior, el Protocolo 122/49 enseñó la herejía de que no es necesario
pertenecer a la Iglesia Católica para ser salvo, lo mismo que
fue denunciado por Pío XII.
Papa Pío XII, Humani generis, # 27, 1950: “Algunos no
se creen obligados por la doctrina hace pocos años expuesta en nuestra carta
encíclica y apoyada en las fuentes de la revelación, según la cual el cuerpo
místico de Cristo y la Iglesia Católica romana son una sola y misma cosa. Algunos reducen
a una fórmula vana la necesidad de pertenecer a la Iglesia verdadera para
alcanzar la salvación eterna”.
Esto es extremadamente importante, porque demuestra que la enseñanza de Suprema haec sacra ―y por lo tanto la
enseñanza de Mons. Joseph Clifford Fenton que la defendía― es herética. Ambos niegan la
necesidad de “pertenecer” a la verdadera Iglesia para alcanzar la salvación
eterna.
Papa León X, Quinto Concilio de Letrán, sesión 11,
19 de diciembre de 1516, ex cathedra: “Pues, regulares y
seglares, prelados y súbditos, exentos y no exentos, son miembros de la única Iglesia universal, fuera de la cual absolutamente nadie se salva, y todos ellos tienen un Señor y una fe. Por eso es conveniente que, siendo miembros del único cuerpo, también tengan la misma voluntad…”.
Menos de tres meses después que fue publicada de la carta
Marchetti-Selvaggiani en The Pilot, el Padre Feeney fue expulsado del
orden de los jesuitas el 28 de octubre de 1949. El Padre Feeney resistía fuertemente a los intentos de los herejes de
persuadirlo y hacerlo someterse a la herejía. Refiriéndose a la carta de
Marchetti-Selvaggiani (Protocolo 122/49) del 8 de agosto, el Padre Feeney
afirmó acertadamente: “se puede considerar que se ha establecido una política
de doble cara con el fin de propagar el error”.
La realidad fue que la expulsión del Padre Feeney de la orden de los
jesuitas no tuvo ninguna validez. Los hombres que lo expulsaron y los clérigos
que estaban en su contra fueron expulsados automáticamente de la Iglesia Católica
por adherirse a la herejía que los que mueren como no católicos pueden ser
salvos. Esto es similar a la situación del siglo V, cuando el patriarca de
Constantinopla, Nestorio, comenzó a predicar la herejía que María no era la
Madre de Dios. Los fieles reaccionaron, acusaron a Nestorio de herejía y lo
denunciaron como un hereje que estaba fuera de la Iglesia Católica. Y Nestorio
fue más tarde condenado por el Concilio de Éfeso en 431. Esto es lo que el Papa
San Celestino I declaró acerca de los que habían sido excomulgados por Nestorio
después que él empezó a predicar la herejía.
Papa San
Celestino I, siglo V: “La
autoridad de Nuestra Sede Apostólica ha determinado que el obispo,
clérigo, o simple cristiano que haya sido depuesto o excomulgado por Nestorio o
sus seguidores, después de que éste comenzó a
predicar la herejía no se considerarán depuestos ni excomulgados. Porque
él que había desertado de la fe con tal predicación, no puede destituir ni
remover a nadie en absoluto”.
El Papa San Celestino confirma autoritativamente el
principio de que un hereje público es una persona que no tiene autoridad para
deponer, excomulgar o expulsar. La
cita se encuentra en De Romano Pontífice, la obra de San Roberto
Belarmino. Esto explica por qué toda la persecución en contra del Padre Feeney
(sea expulsión, interdicción, etc.) no tuvo ninguna validez, debido a que él
tenía razón y los equivocados eran los que estaban en su contra. Él defendió el
dogma no hay salvación fuera la Iglesia,
mientras que sus oponentes defendieron la herejía de que hay salvación fuera la
Iglesia.
San Roberto
Belarmino (1610), Doctor de la Iglesia, De Romano Pontífice: “Un Papa
que es hereje manifiesto automáticamente (per se) deja de ser Papa y
cabeza, asimismo que automáticamente deja de ser cristiano y miembro de la
Iglesia. Por lo tanto, puede ser juzgado y castigado por la Iglesia. Esta es la enseñanza de todos los Padres antiguos que enseñan que los herejes manifiestos pierden
inmediatamente toda jurisdicción”.
Las cosas entre el Padre Feeney y los herejes de Boston se mantuvieron sin
cambios hasta el 14 de septiembre de 1952. En ese momento, Richard Cushing, el
“arzobispo” de Boston, exigió que el Padre Feeney se retractase de su
“interpretación” del dogma ―lo que significaba retraerse del dogma― e hiciese
una profesión explícita de sumisión a la carta Marchetti-Selvaggiani (Protocolo
122/49). Con cuatro testigos, el Padre Feeney se presentó ante Cushing. Él le
dijo que su única opción era declarar que la carta de Marchetti-Selvaggiani era
“absolutamente escandalosa porque era
francamente herética”. Esto
es exactamente lo que habría dicho el Papa Gregorio XVI acerca de la horrible
carta Protocolo, al igual que cualquier católico.
Durante esa reunión,
el P. Feeney le preguntó al “arzobispo” Cushing si él estaba de acuerdo con la
carta de Marchetti-Selvaggiani del 8 de agosto de 1949. Cushing Respondió: “Yo
no soy teólogo. Todo lo que sé es lo que me dicen”. Esta respuesta evasiva y sin compromiso
muestra los verdaderos colores de Cushing, este hereje, falso pastor y enemigo
de Jesucristo. Si Cushing creía que alguien estaba obligado a la carta,
entonces él debería haber respondido sin vacilación que estaba de acuerdo con
ella. Pero debido a que no quiso defender la carta en ningunos de sus detalles,
especialmente en sus negaciones del dogma, respondió eludiendo la pregunta.
Esta evasión impidió al P. Feeney de ponerlo en su lugar y condenarlo con el
dogma que estaba siendo negado. El Padre Feeney acusó a Cushing de faltar a su
deber y se retiró.
Próxima publicación de esta serie: La herejía antes del Concilio Vaticano II
Traducción
official inglesa del Protocol 122/49, citado por el P. Jean‐Marc Rulleau, Baptism of Desire, p. 69.