domingo, 28 de diciembre de 2008

Verdad Olvidada

Libertad religiosa, un “derecho monstruoso”
publicado originalmente en Tradition in Action
En nuestros días, cuando tenemos el Vaticano II y los Papas conciliares defienden el principio revolucionario de la libertad religiosa, es bueno para nosotros recordar que este es un principio anti-católico. Los Papas que siguieron la bi-milenaria tradición de la Iglesia lo condenaron y enseñaron lo opuesto.
El Papa Pío VI, un contemporáneo de la Revolución Francesa cuando la libertad religiosa fue proclamada por primera vez como un derecho civil, fue muy explícito al condenarlo sin reservas. Él lo llama de “derecho monstruoso” y un “sueño imaginario”. Consideramos muy apropiado ofrecer este documento a nuestros lectores.
Papa Pío VI
El efecto necesario de la constitución decretada por la Asamblea es aniquilar la religión católica y, con ella, la obediencia debida a los reyes. Con este propósito establece como un derecho humano en la sociedad esa absoluta libertad que no solo asegura el derecho de ser indiferentes a las opiniones religiosas, sino que también concede total libertad de pensar, hablar y escribir e incluso imprimir cualquier cosa que uno desea en materias religiosas, incluso las imaginaciones más desordenadas. Este derecho monstruoso, la Asamblea lo reclama, sin embargo, como resultado de la igualdad y libertad natural de todos los hombres.
Pero, ¿Qué podría ser más imprudente que establecer entre los hombres esta igualdad y descontrolada libertad, que ahoga toda razón, el más precioso don natural dado al hombre, que lo distingue de los animales?
Después de haber creado al hombre en un lugar lleno de delicias, ¿acaso Dios no lo amenaza de muerte si come de la fruta del árbol del bien y del mal? Con esta primera prohibición, ¿no le estableció Él límites a su libertad? Cuando después de que el hombre desobedeció la orden, incurriendo en la culpa, ¿Dios no le impuso nuevas obligaciones a través de Moisés? Y a pesar de dejar al hombre libre voluntad de escoger entre el bien y el mal, ¿no le proporciona Dios los preceptos y mandamientos que lo salvarían “si él los observa”?
¿De dónde entonces, esa libertad de pensar y actuar que la Asamblea concede al hombre en sociedad como un indiscutible derecho natural? ¿La invención de este derecho no contraría el derecho del Supremo Creador a quien le debemos la existencia y todo lo que tenemos? ¿Podemos ignorar que el hombre no fue creado para sí mismo, sino que para ser útil a su prójimo?
El hombre debe usar su razón antes que todo para reconocer a su Soberano Creador, en honrarlo y admirarlo, y someter su persona en todo a Él. Por lo tanto, desde su niñez, el hombre debe ser sumiso a quienes le son superiores en edad, debe regirse por sus instrucciones y sus enseñanzas, ordenar su vida de acuerdo a las leyes de la razón, de la sociedad y de la religión. Esta exaltación de la igualdad y la libertad, por lo tanto, son para él, desde el momento en que nace, no más que sueños imaginarios y palabras sin sentido.
Pío VI, Brief Quod aliquantum, 10 de marzo de 1791, Recueil des Allocutions, Paris: Adrien Leclere, 1865, pp. 53-55

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